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Encuesta: desarrollo gradual de actividades

22 de octubre de 2020, 17.45
A partir de la resolución de Rector Nro. 2020/1018, la Secretaría de Gestión Académica inició un relevamiento específico, a través de los departamentos docentes, con el objetivo de elevar una propuesta para el desarrollo gradual de actividades presenciales vinculad...

A partir de la resolución de Rector Nro. 2020/1018, la Secretaría de Gestión Académica inició un relevamiento específico, a través de los departamentos docentes, con el objetivo de elevar una propuesta para el desarrollo gradual de actividades presenciales vinculadas a las carreras de grado. 

Se priorizarán las actividades prácticas, y dentro de éstas las de las asignaturas que quedaron con cursada abierta y el trabajo en laboratorios para el desarrollo de tesis y trabajos profesionales de estudiantes próximos/as a graduarse.  Este relevamiento finalizará en la semana del 26 de octubre y permitirá conocer el listado de docentes, estudiantes y las condiciones de las actividades prácticas a desarrollar. 

Vale señalar que la mencionada resolución encomienda a las decanas y decanos de las facultades, a las rectoras y rectores de los establecimientos de enseñanza secundaria, al director del Ciclo Básico Común, el Auditor General y a la Secretaría de Asuntos Académicos del Rectorado y Consejo Superior, la adecuación del mencionado protocolo, teniendo en cuenta las particularidades de sus respectivas carreras y con el objetivo de asegurar la protección de los docentes, estudiantes y nodocentes de esta universidad, debiendo definir, de acuerdo a sus propias características, sus escenarios académicos posibles, sujetos al retorno escalonado a la presencialidad y estableciendo las asignaturas, cantidades de alumnos, aforos y distribución en el tiempo de su asistencia y permanencia.

La propuesta a elevar por la FIUBA, y que a su vez el Rectorado de la UBA transmitirá a las autoridades pertinentes, entrará en vigencia una vez cumplidos los procedimientos necesarios que en materia de actividades autorizadas, traslados interjurisdiccionales y transporte se dicten por las autoridades nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Ver** resolución